Becas de Estudio
Fecha: Martes 6 de Julio de 2010

Cablevisión convoca a participar de 4 Becas para el Posgrado en Gestión de Organizaciones con Fines Sociales de la Universidad Del Salvador a todas las Organizaciones del país

A todas las Organizaciones de la Sociedad Civil de la Argentina:

Nos dirigimos para informarles que el Posgrado en Gestión de Organizaciones con Fines Sociales de la Universidad Del Salvador, mantiene abierta la inscripción de alumnos provenientes de Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC) con recursos escasos y que no pueden acceder a este tipo de Formación Académica. En esta ocasión, el Departamento de Relaciones con la Comunidad de Cablevisión tiene el agrado de hacerles saber que contamos con 4 medias Becas, que consisten en el 50% del total de la cuota.

Por eso, queremos convocarlos a todos aquellos interesados en cursar este Posgrado con la aplicación de dicha Beca. Una vez que tengamos todas las candidaturas, sortearemos los 4 lugares disponibles. Hay tiempo hasta el viernes 30 de julio y solamente hace falta escribirnos a prensacablevision@cablevison.com.ar o llamarnos al (011) 4001-5718.

Este Posgrado se inscribe en la convicción de la importancia de la presencia y acción de las Organizaciones Sociales en nuestro país y del desafío que enfrentan diariamente contribuyendo a una mejor calidad de vida de todos los argentinos.

A continuación, se describe el Programa de Estudios del Posgrado en Gestión de Organizaciones con Fines Sociales de la Universidad Del Salvador, las Becas otorgadas y otros datos relevantes.

CONCURSO CABLEVISIÓN
Posgrado en Dirección de Organizaciones con Fines Sociales

1. Cablevisión S.A. (en adelante "Cablevisión") organiza el Presente Concurso (en adelante el "Concurso").

2. Podrán participar todas las Organizaciones de la Sociedad Civil (en adelante "OSC" ) que se encuentren legalmente constituidas en la República Argentina.

3. Forma de participar en la Promoción: Las OSC deberán inscribirse a través de un correo electrónico a la dirección prensacablevision@cablevision.com.ar o comunicarse telefónicamente al (011) 4001-5718.

4. La Promoción será válida hasta el día 30 de julio de 2010. Cablevisión no será responsable por la pérdida, robo y/o deterioro de correos o llamados enviados por los participantes y que por cualquier causa no sean recepcionados.

5. Se sortearán los siguientes premios, (en adelante el/los "Premio/s"):

• Premio:
Cuatro (4) medias (1/2) becas para el Posgrado en Gestión de Organizaciones con Fines Sociales de la Universidad del Salvador.
Cada Premio consiste en una (1) media (1/2) beca.

6. Todos los demás gastos no comprendidos en los Premios estarán a cargo y cuenta exclusivo de cada Ganador. Los Premios son intransferibles y en ningún caso se canjearán por dinero en efectivo u otro derecho o bien.

7. El sorteo se llevará a cabo el 31 de julio a las 12:00 horas, ante la presencia de escribano público, quien extraerá hasta un máximo de ocho (8) Posibles Ganadores. Se notificará a los cuatro Primeros Posibles Ganadores que cumpla todos y cada uno de los requisitos establecidos en las presentes bases su condición de Posible Ganador.

8. En el caso que dentro de las 48 horas de notificado, por cualquier razón, no pudiera aceptar o ser declarado Ganador, se procederá a notificar de idéntica forma a los siguientes sucesivos Posibles Ganadores (en orden a su extracción) en reemplazo, hasta su adjudicación, quienes resultarán Ganadores Potenciales.

9. El Premio será entregado en forma de contra presentación por parte del Ganador, del documento que acredite su identidad y toda otra documentación requerida en las presentes bases. En dicho acto el Ganador deberá suscribir una carta como constancia de recepción del Premio y liberación de responsabilidad. A los efectos de la entrega del Premio, el Potencial Ganador del mismo deberá cumplir previamente con lo dispuesto en el punto 15 de las presentes bases.

10. En caso de que el presente sorteo quedara regido bajo la normativa de la resolución de Lotería Nacional Sociedad de Estado Nro. 157/98 y modificatorias todo Premio asignado y no reclamado por el Ganador dentro del plazo de treinta (30) días desde su declaración como Ganador, será transferido por los Organizadores en propiedad al Ministerio de Desarrollo Social y Medio Ambiente (ex-Secretaría de Desarrollo Social de la Nación) de la forma jurídica que corresponda, dentro de los treinta (30) días corridos de vencido dicho plazo. Todo Premio no asignado por cualquier causa quedará en propiedad y disposición de los Organizadores.

11. Los participantes deberán ser mayores de 18 años.

12. En caso que el Premio no pudiera asignarse a ningún Potencial Ganador del sorteo en virtud de la falta de algún requisito en las presentes bases será considerado como no asignado y, por lo tanto, quedarán en propiedad y disposición de Cablevisión.

13. Será condición para la entrega del Premios que los Potenciales Ganadores contesten en forma correcta por lo menos dos preguntas de interés general de las tres que se le formulen en presencia de Escribano Público que acreditará la correcta respuesta a dos de las preguntas.

14. Cablevisión, luego de realizado el sorteo, publicarán el nombre y DNI del Ganador por los mismos medios a los utilizados para difundir la presente Promoción.

15. Cablevisión se reserva el derecho a realizar la acción publicitaria, de prensa, promoción, publicación y difusión que consideren conveniente del Ganador y su acompañante del presente sorteo. Con la sola participación en el sorteo, el Ganador y su acompañante prestan su expresa conformidad para la utilización y difusión de sus Nombres y Tipo y Nº de Documento e Imágenes (foto y voz) por los medios publicitarios y de comunicación que los Organizadores dispongan. La presente autorización es realizada en los términos del artículo 1071 bis del Código Civil, del artículo 11 del Pacto de San José de Costa Rica, del artículo 31 de la Ley N° 11.723, del art. 3, inc. h) de la Ley N° 22.362 y toda otra normativa concordante. En virtud de esta autorización, el Ganador y su acompañante no tendrán derecho a indemnización, pago o contraprestación alguna por la difusión y/o utilización mencionada precedentemente.

16. Por el solo hecho de participar, todos los concursantes aceptan conocer y aceptar las condiciones de las presentes bases. Cualquier modificación que se produzca será previamente informada y autorizada, por Lotería Nacional S.E.

17. No podrán participar del sorteo el personal de Cablevisión, sus proveedores, colaboradores, contratistas, como tampoco el personal de agen¬cias de publicidad que trabajan para ellos, ni sus familiares directos.

18. La responsabilidad de Cablevisión por todo concepto finaliza con la puesta a disposición del Ganador del Premio correspondiente y, de ninguna manera, continúa en relación al mismo y demás prestaciones incluidas.

19. La participación en la Promoción es SIN OBLIGACIÓN DE COMPRA.

20. La probabilidad de cada participante de ganar el Premio es la siguiente: una (1) entre la cantidad de links correctos recibidos. Es decir, en caso de recibirse 100.000 links correctos, la probabilidad de cada participante de ganar cada premio es 1/100.000

21. Para el caso de dudas o divergencias para la aplicación de las presentes bases corresponderá la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios en lo Comercial de la Ciudad de Buenos Aires, de conformidad con la reglamentación vigente al momento de entrar en vigencia dichas bases, con expresa renuncia a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponder.

22. El organizador se declara único responsable de la entrega de la totalidad de los premios, liberando y eximiendo de toda responsabilidad a la entidad autorizante por cualquier incumplimiento. El/los beneficiario/s hacen expresa reserva y voluntaria renuncia a todo reclamo de índole administrativa, judicial o extrajudicial contra Lotería Nacional S.E.


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